Donaciones

 Estatuto Tributario

Artículo 125
Deducción por donación:
Tiene derecho a reducir de la renta el valor de las donaciones efectuadas durante el año o periodo gravable a : Las Fundaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto social y actividad correspondan al desarrollo de la ecología y protección ambiental(el valor a reducir por este concepto en ningún caso podrá ser superior al 30 % de la renta líquida del contribuyente determinada antes de restar el valor de la donación)

Artículo126-3
Deducción por inversiones o donaciones para proyectos de investigación o desarrollo científico o tecnológico:
Las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen inversiones o hagan donaciones para proyectos de investigación o desarrollo de actividades calificadas por el consejo nacional de ciencia y tecnología como de carácter científico o tecnológico, tendrán derecho a reducir de su renta el ciento veinticinco por ciento(125%) del valor invertido o donado, en el período gravable en que se realizó la información o donación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
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